Noticias actualizadas las 24 horas Información clave para decidir
21 de noviembre de 2024
Seguinos en
El Gobierno difundió la fórmula de cómo pagar las cuotas de Prepagas
La Secretaría de Comercio explicó el mecanismo que se aplicará para saber si las subas están dentro del límite permitido
2 de mayo de 2024
En medio del conflicto con empresas de medicina privada, el Gobierno informó cómo será la fórmula para que los afiliados puedan calcular el tope de aumentos de las prepagas. Lo difundió la Secretaría de Comercio en un comunicado.

En primer lugar, Comercio aclaró que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.

En tanto, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

Entonces, a modo de ejemplo, para saber cuál es el porcentaje máximo que deberá subir la cuota de abril hay que multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 si se facturó después del 17 de ese mes. La cuota de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.

Por otra parte, Comercio explicó que este mecanismo de ajuste estará vigente por los próximos cinco meses, es decir, hasta septiembre.

Además, se aplicará a todas las empresas alcanzadas por la medida cautelar que presentó la secretaría: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.

Sumado a esto, la cartera de Comercio habilitó una línea telefónica y un canal para formular denuncias para que los usuarios puedan informar “en caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente”.

“Para finalizar, si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia)”, indicó la secretaría.