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Insólito: liberan al "puntero de las tarjetas"
La decisión la tomó la 'justicia' platense con el argumento de que el operativo que dio inicio al caso lo hizo la Policía de manera ilegal
21 de septiembre de 2023
Argentina, un lugar, no lo entenderías. En un giro insólito, la causa que investigaba una presunta defraudación en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires -y que tenía en alerta a la política bonaerense- fue declarada nula por la Cámara de Apelaciones de La Plata. La Justicia liberó al principal acusado, el dirigente del PJ Julio Rigau, conocido como “Chocolate”. Fuentes judiciales informaron que, como consecuencia de la declaración de nulidad, ya le devolvieron las tarjetas y el dinero que se le había secuestrado. El caso se inició cuando Rigau fue encontrado en un cajero automático con decenas de tarjetas de débito ajenas.

Según la Cámara, la requisa que se le hizo en aquel momento fue ilegal y esa ilegalidad invalida todo lo actuado en el expediente desde entonces.

La Cámara tomó la decisión por dos votos contra uno. Integraron la mayoría los jueces Juan Alberto Benavides y Alejandro Gustavo Villordo. Ellos declararon nula “el acta de procedimiento inicial”, de la Policía, y sostuvieron que, por ende, debía caer toda la causa.

En disidencia, por mantener abierto el caso, se pronunció el juez Fernando Jorge Mateos, que entendió que el accionar policial estaba justificado y afirmó: “No puedo dejar de mencionar el estrépito social o el desconcierto y descrédito para el común de la gente que se derivaría de una decisión como la perseguida”, en alusión a la nulidad.

Los investigadores que habían avanzado hasta ahora con el caso sospechaban que estaban frente a un acto de corrupción de inmensurable trascendencia. Creían que Rigau no actuaba solo y que forma parte de un armado para financiar una caja negra de la política. La idea era que esa hipótesis se ratificara o descartara con el avance la investigación. Algo que, de confirmarse este fallo, ya no ocurrirá.

Con la intención de evitar el cierre definitivo de la causa, el fiscal Héctor Voglioro presentará la semana próxima un recurso de Casación.

El caso estaba a cargo de la titular de la Unidad Funcional de Instrucción N°2 de La Plata, Betina Luky, quien la semana pasada empezó a tomar declaración testimonial a los titulares de las tarjetas de débito. Unos diez testigos declararon y varios aseguraron desconocer quién los había nombrado como empleados de la Cámara de Diputados.

Rigau fue detenido cuando retiraba dinero de cajeros automáticos con 48 tarjetas de débito de empleados de la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires. Tres de esas tarjetas serían de familiares. Antes de que el caso se declarara nulo, la fiscal buscaba saber si las extracciones por más de 27 millones de pesos realizadas con 45 tarjetas de débito constituían una asociación ilícita para defraudar al Estado.



La Legislatura bonaerense tiene 1340 empleados en el Senado y 1510 en Diputados. El sueldo promedio es de $500.000. La fiscal esperaba que el Banco Provincia y la presidencia de la Cámara de Diputados respondieran oficios librados para determinar quiénes firmaron los contratos de las personas titulares de las tarjetas y cuantas extracciones se hicieron a lo largo de los años.

Rigau, que estaba empleado como electricista de la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, fue detenido e imputado por defraudaciones reiteradas con 177 hechos consumados. Él integró en 2019 una lista del peronismo en La Plata como precandidato suplente a concejal. Es un conocido puntero del Partido Justicialista platense. De acuerdo con el pedido de detención, Rigau extrajo dinero los días cinco, seis, siete, ocho y nueve de septiembre, siempre con más de 40 tarjetas de débito de distintas personas. Todas las tarjetas corresponden a la Cámara de Diputados y por su intransferibilidad se sospecha que el imputado las obtuvo de manera ilegítima.

Los 'fundamentos'

Los jueces que hoy anularon la causa sostuvieron que, tal como alegó la defensa, consideraban que “la actuación del personal policial que requisó sin orden judicial a Julio Rigau no puede ser convalidada, al no quedar comprendida la misma en lo normado por el art. 294 inc. 5 del CPP en tanto su labor no condice con los supuestos allí establecidos específicamente”. Ese artículo citado establece en qué casos la Policía puede disponer allanamientos y requisas urgentes sin la orden previa de un juez. Dice: “Cuando se trate de un operativo público de control motivado en políticas tendientes a la prevención de los delitos, [los agentes policiales] podrán proceder a la revisión de los efectos que porten las personas en sus ropas o que lleven en su poder de otra manera o tengan en los vehículos en que se movilicen, procediendo a secuestros en los casos sumamente graves o urgentes o cuando peligre el orden público, de todo aquello que constituya elemento del delito o instrumento de un delito o sea producto de él”. El mismo artículo dice que deberán cursar una “inmediata comunicación al Ministerio Público Fiscal y al Juez de Garantías”.



Los jueces agregaron en su fallo que “menos aún pueden ampararse [los policías] en un estado de sospecha razonada o causa probable, en línea ello con lo dicho por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en ‘Tumbeiro y Fernández Prieto’, como así también en el fallo ‘Daray’ de nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación”.



Agregaron que “el accionar de Julio Rigau tal como se encuentra plasmado en el acta de procedimiento policial era una actividad de extracción de dinero en un cajero bancario” que no permitía presumir “una actividad delictual”.



Benavides escribió en su fallo -al que adhirió Villordo-: “La circunstancia de realizar operaciones a través del cajero automático por espacio de 20 minutos no habilita la requisa sin orden judicial que se le efectuara a Julio Rigau ni menos aún el traslado del mismo a la seccional policial -sin anoticiamiento previo cuanto menos a la fiscalía de turno- para secuestrarle en la dependencia policial el teléfono marca Samsung modelo SM-GS32M de color gris, con funda negra, las tarjetas bancarias que detentaba en su poder como así también diversas anotaciones personales y una cantidad de dinero en efectivo”.



Los camaristas insistieron en que no hubo una “causa probable” que ameritara la requisa. Y dijeron que es necesario “repensar los límites de injerencia de la Policía en la vía pública en los derechos fundamentales de la persona”.



“No puedo avalar -dijo Benavides en el voto al que se sumó Villordo- la actuación policial en la forma que se realizó la requisa sin orden judicial, en tanto la sospecha razonada debe asentarse en circunstancias objetivas que no se observan en el presente caso ex ante.”



Los jueces dijeron que el acta policial no describió ni fundó “cuáles fueron las sospechas o actos que le generaron [a la Policía] sospechas de encontrarse ante un cuadro predelictual”. Con estos argumentos decidieron: hacer lugar al habeas corpus presentado por la defensa, declarar la nulidad del acta de “procedimiento inicial” y de “lo obrado en consecuencia” y disponer la “inmediata libertad” de Rigau.



La nulidad se dispuso cuando la fiscal Laky pretendía determinar cómo se había armado el mecanismo de recaudación que daría cuenta de una caja negra en la Cámara de Diputados. El juez de Garantías Guillermo Atencio había convalidado la marcha del caso. Había denegado el pedido de excarcelación de la defensa y ordenado un allanamiento en la casa del imputado a pedido de la fiscal que interviene en el caso. El allanamiento tuvo lugar en el barrio de La Granja, donde los investigadores hallaron un cuaderno con presuntos detalles de los montos y los beneficiarios de las extracciones.