La medida busca mayor autonomía para los usuarios, también genera preocupación por el empleo y los riesgos de seguridad. Cuando se implmenta
A través del Decreto 46/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional autorizó el autodespacho de combustible.
La medida rige para todo el territorio nacional y los expendedores podrán ofrecer el servicio de manera optativa.
Qué dice el decreto En el artículo 1 del decreto se establece la autorización “en todo el territorio nacional el autodespacho de combustible como modalidad optativa, a elección de los expendedores”.
Al respecto, se detalló que dichas empresas “podrán implementarla en forma total o instalar en su establecimiento solo algunos surtidores de autoservicio”.
En cuanto al funcionamiento del sistema, se aclaró que “una vez terminado el suministro de combustible se repondrá la tapa del tanque y se colgará la manguera en su lugar, cuidando de que no quede enganchada en algún saliente del vehículo”.
Una vez acomodada la manguera, “se estará en condiciones de poner en marcha el motor”, aclara el decreto.
Requisitos y los plazos para la aplicación La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía será la encargada de establecer los requisitos para las estaciones de servicio que deseen implementar esta modalidad.
Estos criterios deberán definirse en un plazo de 60 días a partir de la entrada en vigencia del decreto. Hasta ese momento, las estaciones interesadas deberán solicitar autorización previa.
El decreto también autoriza el uso de tanques sobre el terreno en las estaciones de servicio y las estaciones de servicio móviles, siempre que se cumplan con las condiciones de seguridad establecidas por la Secretaría de Energía.
Cómo será el uso El uso de los surtidores estará sujeto a ciertas normas de seguridad. Una vez finalizado el suministro de combustible, los usuarios deberán reponer la tapa del tanque y colgar la manguera en su lugar, asegurándose de que no quede enganchada en ningún saliente del vehículo.
Solo entonces estará permitido poner en marcha el motor del automóvil.
Las estaciones móviles que se habilitaran las estaciones de servicio móviles como depósitos portátiles autónomos que, además de servir para el abastecimiento de hidrocarburos, pueden utilizarse de forma fija o móvil. También deberán cumplir con los requisitos de seguridad pertinentes, lo que incluye asegurar una superficie mínima para permitir la evacuación de vehículos y personas en caso de emergencia.
Previo a la oficialización de la medida, el autodespacho de combustibles ya había comenzado como prueba piloto en la Ciudad de Buenos Aires y Mendoza. Durante un evento en el Club de Petróleo, Sturzenegger había adelantado que el decreto ya estaba listo.
bma