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Las consultoras ya analizan dejar de medir la inflación
Las privadas temen que el Gobierno las empiece a perseguir penalmente, aunque aseguran que no tiene fundamentos para cuestionarlas por opinar sobre la suba de precios
26 de mayo de 2011
Las consultoras que miden la inflación en forma privada afirmaron que la Secretaría de Comercio Interior no tiene fundamentos para cuestionarlas por opinar sobre la suba de precios al consumidor. De todas maneras, varias ya evalúan dejar de hablar públicamente del tema por temor a una denuncia penal.
Así lo espresaron las consultoras a la Secretaría de Comercio Interior que está a cargo del temido Guillermo Moreno. En este sentido, y la espera de una probable denuncia penal de la oposición contra el Gobierno por censura, los consultores afirmaron que el área que conduce Moreno no tiene facultades para castigarlas por dar a conocer índices de inflación en torno del 25% a través de los medios de comunicación.
El otro argumento es que el Gobierno abrió otro frente de batalla cuando todavía no cumplió con su obligación de girar a la justicia en lo contencioso administrativo la apelación de las multas que ya les impuso.
Apelando a la defensa de la libertad de expresión y de los derechos que rigen en la Constitución , varios analistas presentarán la respuesta a la intimación que recibieron a fines de la semana pasada de la Dirección de Lealtad Comercial. Se trata de FIEL, Finsoport, Ecolatina, Efimak (Miguel Kiguel), M&S Consultores, Orlando Ferreres y Asociados, Estudio Bein & Asociados y Graciela Bevacqua.
El plazo para responder sobre los "elementos objetivos que les permitieron concluir" las subas del costo de vida en torno del 2% mensual y del 23 al 25 por ciento anual vence hoy, según el director de Lealtad Comercial, Gabriel Rotella.
En forma paralela, el Gobierno dejó trascender días atrás por la agencia de noticias oficial Télam que no sólo seguirá con las multas mientras las consultoras informen cifras diferentes de las del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), sino que evalúa también denunciarlas penalmente por supuesto incumplimiento del artículo 300, inciso uno, del Código Penal.
Allí se mencionan penas de prisión de seis meses a dos años para "el que hiciere alzar o bajar el precio de las mercaderías, fondos públicos o valores, por medio de noticias falsas, negociaciones fingidas o por reunión o coalición entre los principales tenedores de una mercancía o género, con el fin de no venderla o de no venderla sino a un precio determinado".