Asteriscos.Tv - http://www.asteriscos.tv/
Permalink: http://www.asteriscos.tv/noticia-21960.html
Investigarán a Scioli y Massa por candidaturas testimoniales
La Cámara Nacional Electoral dispuso que se investigue si el gobernador bonaerense y el ex jefe de Gabinete cometieron un delito electoral: haber engañado a la ciudadanía
1 de agosto de 2009
La Cámara Nacional Electoral dispuso que se investigue si el gobernador bonaerense, Daniel Scioli, y el ex jefe de Gabinete Sergio Massa cometieron un delito electoral: haber engañado a la ciudadanía con sus candidaturas testimoniales.
A pedido del diputado electo y abogado del Acuerdo Cívico y Social Ricardo Gil Lavedra, el tribunal le envió al juez federal de La Plata Manuel Blanco los antecedentes del caso para que abriera una causa contra Scioli y Massa, adelantó el diario La Nación.
La Cámara Electoral es el mismo tribunal que un mes antes de las elecciones había autorizado las postulaciones de ambos. Entonces, el tribunal entendió que no bastaba con que un candidato hubiera declarado públicamente que no planeaba ocupar su banca para prohibirle postularse, sobre todo si en la Justicia había sostenido lo contrario. Scioli y Massa habían informado que "eventualmente" ejercerían los cargos para los que se presentaban, y el tribunal interpretó que la eventualidad era "el resultado de la elección".
Sin embargo, en el mismo fallo, los camaristas Santiago Corcuera y Rodolfo Munné advirtieron que si luego de las elecciones llegaba a comprobarse que los candidatos no habían sido "honestos" ante la Cámara, se trataría de una "inaceptable manipulación de las instituciones de la República". El otro integrante del tribunal, Alberto Dalla Vía, votó en disidencia y se negó a aceptar las candidaturas.
La semana posterior a las elecciones, Scioli anunció lo que se esperaba: que no iba a dejar la gobernación para ocupar la banca obtenida. A los pocos días, Massa dejó la Jefatura de Gabinete no para convertirse en diputado sino para reasumir como intendente de Tigre.
Gil Lavedra denunció estos episodios ante la Cámara como "hechos nuevos" y pidió que se sacaran copias de la causa original y se remitieran al juez Blanco para que abriera un nuevo expediente. Ayer, fuentes del tribunal informaron a La Nacion que habían hecho lugar a lo solicitado por el abogado.
El delito que se les imputa a Scioli y a Massa es el previsto por el artículo 140 del Código Electoral, que establece que "se impondrá prisión de dos meses a dos años al que con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo".
Anoche, el caso no había llegado a los tribunales de La Plata. Una vez que Blanco lo reciba, deberá dar vista al fiscal para que se pronuncie sobre la competencia y, si considera que pudo haberse cometido un delito, el fiscal presentará su requerimiento de instrucción y comenzará la investigación.
Si la causa prospera marcará un hito: en los tribunales no se recuerdan antecedentes de un caso semejante por presunta "inducción con engaños".
El abogado Gil Lavedra, que durante la campaña había intentado sin éxito que se prohibieran las candidaturas de Scioli y de Massa, ayer celebró la resolución del tribunal. "La Cámara está advirtiendo la posible comisión de un delito. Me parece muy bien que la Justicia actúe de oficio para aplicar la ley", dijo.
Gil Lavedra sostuvo que "ahora la Justicia deberá establecer si mentirle al electorado sobre la voluntad de ejercer el cargo es o no engañar" para inducir el voto, consideró que "lo decidido por la Cámara es muy importante" y especuló que "se podría extender a todas las testimoniales".
Estas candidaturas fueron un fenómeno generalizado en las últimas elecciones legislativas. Además de Scioli y Massa, muchos funcionarios de primera línea integraron las listas del Frente para la Victoria. Entre ellos, el vicegobernador bonaerense, Alberto Ballestrini; el vicepresidente del Senado provincial, Federico Scarabino, y 45 intendentes que se postularon para concejales o legisladores provinciales.
El juez Blanco, que en las próximas horas recibirá el nuevo caso, fue quien aceptó en primera instancia las candidaturas de Scioli y de Massa. Su decisión fue compartida por el fiscal electoral Jorge Di Lello y ratificada luego por la Cámara Electoral, máxima autoridad de los comicios. Dalla Vía fue el único juez que votó en discidencia. En su momento, dijo que "la oferta electoral presupone un compromiso de carácter político por parte de quien la ejerce", y que la "ambigua" manifestación que habían hecho Scioli y Massa no había revertido el "estado de incertidumbre" que existía en la opinión pública con respecto a si ambos estaban dispuestos a asumir.
En su análisis de las candidaturas testimoniales, los tres camaristas habían partido de una convicción común: estas postulaciones, en abstracto, son inconstitucionales y la Justicia no puede avalar a quien anuncia, de antemano, que no asumirá el cargo que gane. Pero hicieron una lectura diferente del caso concreto. ¿Estaba probado en el expediente que Scioli y Massa no asumirían?
Munné y Corcuera entendieron que no. Sostuvieron que no podía exigírsele a la Justicia "desentrañar las intenciones, propósitos o planes" de los postulantes y que semejante "control preventivo de las conductas futuras" era algo "inimaginable en un Estado de Derecho".
Su decisión fue cuestionada por gran parte del mundo académico. Entre quienes criticaron el fallo estuvieron más de 20 reconocidos constitucionalistas de todo el país, que se habían presentado ante la Cámara para recomendarle que prohibiera las candidaturas de todos aquellos que habían sugerido que no asumirán los cargos por los que pretendían competir.
Ahora, la decisión final en el caso de la presunta "inducción con engaños" no la tendrá la Cámara Electoral. El Código establece que es la Cámara de Apelaciones del lugar, en este caso de La Plata, la que debe investigar estos delitos electorales en segunda instancia. Por eso, el máximo tribunal electoral no tendrá otra oportunidad y, de esta manera, ya no volverá a resolver sobre las candidaturas testimoniales de Scioli y de Massa.