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Por fin, impulsan ampliar las escalas para los Monotributistas
Es una iniciativa de tres diputados que busca mejorar las escalas establecidas en esa Ley, congeladas desde antes de la devaluación. La AFIP la apoyaría
19 de diciembre de 2008
Los diputados Walter Agosto, Jorge Obeid y Ariel Dallafontana, presentaron un proyecto de Ley que mejora las escalas establecidas en la Ley Tributaria conocida como “de monotributistas”.

Agosto señaló que “si bien ha tenido media sanción en la Cámara de Diputados el proyecto de Ley que elimina la denominada “Tablita de Machinea”, con el consiguiente beneficio en el sueldo de bolsillo de un número importante de trabajadores, la reforma no alcanza a los monotributistas que están encuadrados en un Régimen Simplificado Especial”.

Desde la sanción de la ley N° 24.977 con fecha 3 de junio de 1998 hasta la actualidad, los límites a partir de los cuales se pierde la condición de sujeto adherido al Régimen Simplificado no han sufrido variación en sus valores, quedando totalmente desactualizados.

Ante esa necesidad, el proyecto actualiza los límites a partir de los cuales un sujeto modifica su condición impositiva, pasando de ser sujeto adherido al Régimen Simplificado a contribuyente inscripto en el régimen general (Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a las Ganancias y Régimen Nacional de Trabajadores Autónomos), disminuyendo la presión tributaria en un espectro importante de contribuyentes.
Para lograr el objetivo, se propone reemplazar los valores de los ingresos establecidos para la última categoría de acuerdo con el tipo de actividad que se realice.

De esa forma, para los sujetos que se dediquen a las locaciones y/o prestaciones de servicios, se eleva el límite de ingresos brutos de $ 72.000 a $ 252.000; al tiempo que para aquellos que se dediquen al resto de las actividades enunciadas por la citada norma, se contempla elevar el límite de ingresos de $ 144.000 a $ 350.000. En idéntico sentido, se propone modificar el valor de $ 870 correspondiente al precio máximo unitario de venta aplicable en el supuesto de venta de cosas muebles, por el importe de $ 2.500.

Finalmente, el proyecto propone crear tres nuevas categorías que contemplen incluir el diferencial de ingresos brutos que se pretende incorporar.

En definitiva la finalidad principal de la reforma que se propicia consiste en lograr una mayor equidad tributaria, mejorando a su vez la administración del tributo por parte del Organismo Fiscal.