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Ratifican que es delito la violación del correo electrónico
La Cámara del Crimen revocó un fallo de una jueza que sostenía que esa conducta no debía ser penada. Los magistrados revelaron que ya figura en el Código Penal
30 de junio de 2008
La Cámara del Crimen ratificó que la violación del correo electrónico es un delito equiparable a la violación del tradicional.
Además, expresó que la reciente reforma del Código Penal, que incluye específicamente esa conducta como delictiva, no era necesaria, porque ya estaba contemplada en la antigua legislación.
Así lo decidieron los jueces Juan Cicciaro, Abel Bonorino Peró y Rodolfo Pociello Argerich de la Sala Séptima, quienes revocaron un fallo de la jueza en lo correccional Ana Díaz Cano, quien sostenía que no debía considerarse delito la lectura de mail ajenos.
Los magistrados ratificaron que "el correo electrónico, en tanto se trata de un medio que amplía la gama de posibilidades que brindaba el correo tradicional, resulta equiparable al epistolar".
El fallo llega a una semana de que el Poder Ejecutivo sancionara de hecho la reforma al Código Penal que pena como delito la violación de los correos electrónicos con condenas de hasta un año de cárcel.
Al respecto, Cicciaro, Bonorino Peró y Pociello recordaron que la tipificación de la violación del e-mail como delito ya estaba incluida en la legislación anterior.
El e-mail, "a partir de sus características propias, goza de una protección de la privacidad más acentuada que la clásica vía postal, que para su funcionamiento y utilización se requiere indispensablemente de un prestador del servicio, el nombre de usuario y clave de acceso destinados, sin duda alguna, para impedir que terceros extraños se entrometan en los datos y contenidos que se emiten y reciben", subrayaron.