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Polémico fallo de Oyarbide por talleres clandestinos
El juez sobreseyó a empresarios de indumentaria acusados de explotar trabajadores, argumentando que ese sistema obedecía a "pautas culturales"
15 de mayo de 2008
El juez federal Norberto Oyarbide sobreseyó a tres directivos de la empresa de indumentaria Soho, acusados de contratar talleres de costura donde se empleaban inmigrantes indocumentados, en condiciones de máxima precarización laboral.

Los argumentos de Oyarbide, que hace tiempo viene siendo cuestionado por parte de la La Alameda, fueron que ese modo de explotación sería herencia de "costumbres y pautas culturales de los pueblos originarios del Altiplano boliviano, de donde proviene la mayoría" de los talleristas y costureros, y que se trata de "un grupo humano que convive como un ayllu o comunidad familiar extensa originaria de aquella región, que funciona como una especie de cooperativa".

El fiscal federal, Patricio Evers, y el abogado de la querella, Rodolfo Yanzón, apelaron la resolución del magistrado, que además es responsable de la investigación sobre más de 85 marcas de primer nivel denunciadas por utilizar un sistema neoesclavista de explotación laboral.

Para el cónsul de Bolivia, José Alberto González, según sus dichos en Página/12, "basar una sentencia en ese argumento es patético", y añadió "el juez debió haberse informado sobre la naturaleza de las costumbres ancestrales, que nada tienen que ver con los tristes sistemas de esclavitud".

Oyarbide interviene por una denuncia realizada por ex trabajadores de Soho a través de la ONG La Alameda, con el aval de Liga Argentina por los Derechos del Hombre, a partir de inspecciones realizadas en 2007 por el Gobierno porteño y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad.

En la investigación, el fiscal federal Luis Comparatore, determinó que la empresa Gilmar SA, que comercializa la marca Soho en los principales shoppings del país, terceriza la confección de las prendas en talleres clandestinos, donde trabajan extranjeros indocumentados.

Ahora, Oyarbide sobreseyó a los tres directivos de Soho (Nelson Alejandro Sánchez Anterino, Gabina Sofía Verón y Hermes Raúl Provenzano) con un argumento que ya había utilizado la Sala II de la Cámara Federal porteña.

En aquella ocasión, los camaristas Martín Irurzun y Horacio Cattani sobreseyeron a talleristas que habían sido procesados por el juez federal Ariel Lijo. Los camaristas hicieron alusión a la supuesta tradición cultural de los pueblos originarios y al ayllu, una organización comunitaria del pueblo aymara.

El otro argumento esgrimido por Oyarbide para sobreseer a los imputados es que no se encontraría probada la finalidad de los acusados de “obtener directa o indirectamente un beneficio” económico.

Para ello, utilizó otro argumento de la Sala II, que cuestiona "la ambigüedad" en la redacción de la ley 25.871, de Migraciones.

Ese es el delito que les había imputado el fiscal a los responsables legales de la firma Soho, tras determinar que desde esa compañía se tercerizaban trabajos de costura en al menos dos talleres donde habían detectado la presencia de extranjeros indocumentados, que trabajaban doce horas por día, con haberes de entre 500 y 900 pesos mensuales y vivían en una piecita que les alquilaban los propios talleristas.

El abogado de la querella pidió la intervención de la Sala I de la Cámara, que tiene un criterio opuesto a la que integran Catani e Irurzun.

Los jueces Eduardo Freiler, Gabriel Cavallo y Eduardo Farah, el pasado 30 de noviembre, le pidieron a Oyarbide que no limite la investigación en los talleristas y que indague entre las empresas "que pudieron haberse aprovechado de esta actividad mediante el encargo de trabajos en estas condiciones". Esa resolución se adoptó en otra causa que investiga Oyarbide, en la que están procesados once talleristas.