Por primera vez en más de medio siglo, los cubanos podrán comprar y vender viviendas de forma particular de esta semana, a partir del 10 del corriente, según una reforma legislativa aprobada por el presidente Raúl Castro dentro de su plan para “actualizar” el modelo económico socialista
La Gaceta Oficial de Cuba publicó en su web un decreto firmado por el general Castro, acompañado de varias resoluciones que eliminan prohibiciones vigentes durante décadas y flexibilizan la transmisión de la propiedad de la vivienda que podrá hacerse mediante compraventa, permuta, donación o adjudicación. Lo más destacado es que los cubanos domiciliados en la isla y los extranjeros con residencia permanente podrán comprar y vender viviendas, aunque se mantiene como límite que “ninguna persona tendrá derecho a poseer más de una vivienda”. No obstante, y como ocurría hasta ahora, es legítimo tener, además de la propiedad donde se reside, otro inmueble en zonas de descanso o veraneo.
Los problemas de la vivienda han sido durante décadas una “odisea” social, económica y burocrática en Cuba, donde hasta ahora las opciones para acceder a una casa se limitaban a las permutas, las herencias, conseguir un permiso estatal de construcción o acudir al mercado ilegal.
La necesidad de sortear las prohibiciones creó en la isla un mercado negro con construcciones clandestinas, falsificación de documentos, funcionarios corruptos y estafas. Además Cuba, con 11,2 millones de habitantes, tenía hasta 2010 un déficit reconocido de unas 600.000 casas, en parte por los destrozos que causaron tres huracanes en 2008.
Según datos oficiales, más del 50 por ciento de las construcciones en la isla están en mal estado y 8,5 de cada 10 edificios necesitan reparaciones, a lo que se suman incumplimientos en los planes estatales de construcción. Precisamente uno de los objetivos de la nueva normativa divulgada este jueves es “contribuir a la solución del problema habitacional” en la isla.
En cuanto a la compraventa, el decreto firmado por Castro establece que la operación se realizará ante notario por el precio que libremente acuerden las partes y el comprador debe acreditar, entre otros, la existencia del dinero en una sucursal bancaria y presentar una declaración que garantice que la cantidad se ha obtenido lícitamente.
La forma de pago será a través de un cheque gerencial emitido por el banco donde previamente el comprador habrá ingresado el dinero. Respecto a las otras formas de transmisión de la propiedad, las nuevas disposiciones, que entrarán en vigor el 10 de noviembre, flexibilizan las posibilidades de permuta y clarifican las situaciones por herencias.
Mención aparte merece el caso de cubanos que hayan decidido abandonar definitivamente el país: su vivienda podrá ser transferida de forma gratuita a copropietarios o a sus familiares hasta el cuarto grado de consanguineidad.
Las operaciones de transmisión de propiedad de vivienda estarán sujetas a impuestos y en el caso de la compraventa será de un 4 por ciento sobre el precio del inmueble. El Gobierno mantendrá limitaciones sobre el traspaso de inmuebles en determinadas zonas del país de “alta significación para el turismo”.