Los administradores de consorcios deberán informar a la Afip durante febrero el pago de expensas, de aquellos propietarios que superan los $600 mensuales y 100 metros cuadrados de superficie, correspondiente al segundo semestre 2008.
Si bien a mediados de diciembre se conoció un fallo en el que la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó las resoluciones de la AFIP que obligan a los administradores de consorcios a informar datos de propietarios o de sujetos obligados a pagar expensas, aún el organismo tributario no revocó la resolución, por lo que sigue vigente.
El sector inmobiliario está a la espera de esta derogación porque el fallo es un paso importante para declarar que los controles inmobiliarios son inconstitucionales, basados en que "resulta irrazonable obligar al administrador a que suministre datos personales de los propietarios o sujetos obligados al pago de las expensas en los inmuebles que administran".
Los administradores también alegar que actualmente expensas de $ 600 están desactualizadas por los aumentos que han tenido, básicamente por los aumentos a los porteros. También que la obligación afecta su derecho a ejercer una industria lícita, a la propiedad, a la igualdad, su derecho de defensa, y los llevaba a violar el deber de confidencialidad con respecto a sus administrados.
Los administradores deben aportar los siguientes datos: apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, domicilio fiscal, período a informar y tipo del complejo urbanístico administrado.
Los ocupantes, propietarios o sujetos obligados al pago de las expensas: carácter, CUIT o CUIL, domicilio del inmueble, superficie total y monto total de expensas abonados durante el período informado.