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26 de diciembre de 2024
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Cristina Kirchner deberá ir a juicio oral por el Memorándum con Irán
La Corte dejó firme el sobreseimiento por la causa de dólar futuro pero la ex presidenta deberá ir a juicio oral acusada de encubrimiento en el Memorándum con Irán
5 de diciembre de 2024
La Corte Suprema de Justicia dejó firme el sobreseimiento a Cristina Fernández de Kirchner y Axel Kicillof en la causa conocida como "dólar futuro".

Sin embargo la ex presidenta deberá ir a juicio oral por el Memorándum con Irán, según determinó también este jueves el máximo tribunal de Justicia.
La dirigente del PJ tendrá que enfrentar el juicio oral por el Memorándum con Irán, la denuncia que impulsó el fiscal Alberto Nisman antes de morir, según resolvió este jueves la Corte Suprema de Justicia.

En el fallo, los jueces no se metieron en el fondo de la cuestión ni valoraron las pruebas del expediente. Lo que el máximo tribunal hizo fue descartar la existencia de arbitrariedad o gravedad institucional en la decisión tomada por Casación cuando dispuso que el caso debía ventilarse un debate oral y público.

“La gravedad institucional se vincula con la trascendencia de la sentencia apelada y, en su caso, con la necesidad impostergable de que esta Corte haga una declaratoria sobre el punto en discusión. No toda decisión dictada en un caso de trascendencia es en sí misma trascendente, ni reviste gravedad institucional”, sostuvo el fallo.

La defensa de la ex vicepresidenta había sostenido que se trataba de un acto de política no judiciable la decisión de la firma de ese pacto.

En tanto, el máximo tribunal -por unanimidad- rechazó los recursos de la fiscalía en la causa de dólar futuro, que pretendía que se debatiera la causa en un juicio oral, y dio por cerrado el caso. El tribunal conformado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti no dio razones para el fallo y se amparó en el artículo 280, que señala: “La Corte, según su sana discreción y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”.

De esta manera, la Corte Suprema dejó firme la resolución de la Cámara Federal de Casación Penal que recientemente sostuvo que no había existido perjuicio para el Estado.

La fiscalía pretendía que el caso se debatiera en juicio oral y sostenía que el sobreseimiento se había dictado cuando el expediente ya estaba en instancia de debate y había que producir la prueba en esa instancia. Así, por dos votos a uno, también lo había dicho el tribunal oral que recibió el planteo inicial. Pero la Cámara de Casación decidió que no había motivos para llegar a esa instancia y dictó sobreseimientos.