Comicios y las penas electorales: ¿Qué pasa si no se votó en las PASO?
La Cámara Nacional Electoral comunicó qué pasa con aquellos que no votaron en las PASO y sí quieren hacerlo en las elecciones legislativas del próximo domingo
12 de noviembre de 2021
La Cámara Nacional Electoral comunicó qué pasa con aquellos que no votaron en las PASO y sí quieren hacerlo en las elecciones legislativas del próximo domingo.
La Cámara Nacional Electoral (CNE), comunicó que los ciudadanos que no votaron en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del pasado 12 de septiembre podrán votar este domingo en las elecciones legislativas.
El voto en las elecciones legislativas del domingo, al igual que en las PASO, es obligatorio y un derecho de los ciudadanos mayores de 18 y hasta 70 años, y es optativo para aquellos que superan esa edad y para los jóvenes de entre 16 y 17 años.
En ese sentido, días atrás, la portavoz del Gobierno nacional, Gabriela Cerruti, alentó a los ciudadanos a acudir a las elecciones legislativas y señaló: “Es importante que la gente vaya a votar y, si no lo hicieron en las PASO, podrán hacerlo en las generales”.
La CNE resaltó que el tiempo para justificar la no emisión del voto en las PASO concluyó ayer, aunque esto no es causal para impedir el voto en las elecciones legislativas de este domingo.
Cabe recordar que, quienes no emitieron su voto en las PASO y tampoco realizaron la justificación ante la Justicia Nacional Electoral, deben abonar una multa económica de de $50 a $500.
Así lo establece el Código Nacional Electoral en el apartado “faltas electorales”. El texto detalla que “se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional”.
Además, como bien se explica en el portal oficial argentina.gob.ar, todo aquel ciudadano de entre 18 y 70 años que no justificó su no emisión de voto es multado económicamente e incorporado al Registro de Infractores al deber de votar.
Según establece el Código Nacional Electoral, aquellos que no acuden a votar y tampoco justificar la no emisión, además de ser incorporado al Registro de Infractores, se les impide ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección en la que no participaron.
El código Nacional Electoral también explicita entre las sanciones que “quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la ciudad de Buenos Aires durante un año”.
rob