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3 de diciembre de 2024
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El BCRA sube al 30,02% la tasa mínima de plazo fijo
Regirá desde el primero de junio y es parte de la estrategia para tratar de frenar la presión sobre el dólar. También lanzó instrumentos de ahorro para los productores agropecuarios
29 de mayo de 2020
En su pelea palmo a palmo con los mercados por la presión sobre el dólar, el Banco Central elevó la tasa mínima para remunerar a las imposiciones en plazos fijos al equivalente a 79% de la tasa de política monetaria Leliq, que deberán ofrecer a partir del 1 de junio de 2020 las entidades financieras del Grupo A, que representan casi la totalidad del sistema.

La Comunicación “A” 7027 aprobada por el directorio del BCRA elevó de 70% a 79% de la tasa Leliq la remuneración de los plazos fijos. Significa para los ahorristas, sin importar el volumen o razón social, una Tasa Nominal Anual de 30,02% (TNA) y una Tasa Efectiva Anual de 35% (TEA).
El beneficio de la tasa mínima no estará disponible para las empresas que hayan accedido a las líneas de financiación a una tasa subsidiada del 24%.

NUEVO INSTRUMENTO DE AHORRO PARA PRODUCTORES AGROPECUARIOS

El BCRA también amplió, a través de la Comunicación “A” 7029, la posibilidad a los productores agropecuarios de efectuar depósitos a tasa variable, ligados a la cotización del dólar. Esta opción se suma a las ya existentes atadas a los precios de cereales y oleaginosas.
La posibilidad de acceder a estos depósitos a tasa variable es para las personas con actividad agrícola y por un importe de hasta 2 veces el valor total de sus ventas de cereales y/u oleaginosas registradas desde el 1 de noviembre de 2019. El BCRA tomó decisiones sobre el acceso de empresas al mercado de cambios

El Directorio del Banco Central dispuso que las empresas que cuenten con activos líquidos originados en la formación de activos externos deberán disponer primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones con el exterior.

Además, se extiende a 90 días previos y 90 días posteriores la restricción para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio.

Adicionalmente, el Directorio dispuso nuevas medidas para el acceso de las empresas al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) con el propósito de ordenar el pago de obligaciones por la importación de bienes.

Las empresas deberán solicitar autorización previa al BCRA para acceder al mercado de cambios para el pago de obligaciones comerciales con el exterior si redujeron el monto vigente al 1 de enero de 2020.

El Gobierno se encuentra realizando importantes esfuerzos de asistencia a empresas afectadas por la crisis generada por el COVID 19, a través de diversos instrumentos como el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), la línea de crédito MiPyMEs con tasa subsidiada de 24% y la línea de créditos a tasa 0% para monotributistas y autónomos.

El propósito del BCRA es garantizar que estas medidas estimulen el trabajo y producción local y evitar su abuso en la cancelación de obligaciones con el exterior.

Para certificar las obligaciones dispuestas se requerirá la presentación de una Declaración Jurada, la cual será verificada mediante el cruzamiento de las bases de SEPAIMPO (Sistema de Seguimiento de Pagos de Bienes) y RIOC (Régimen Informativo de Operaciones de Cambio), en caso de falsedad se bloquerá el acceso al mercado de cambios y se iniciarán las acciones penales cambiarias correspondientes.