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21 de noviembre de 2024
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Bienes personales: las nuevas valuaciones
Son los valores que se deben consignar en la declaración jurada de abril/mayo. Sirven para calcular si hay que pagar el impuesto y cuánto
11 de marzo de 2014
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elaboró, como todos los años, la escala de valores mínimos oficiales que deben declarar los contribuyentes en sus declaraciones juradas de Bienes Personales por los vehículos, ahorros en moneda extranjera e inversiones bursátiles y financieras, que vencen en abril y mayo de 2014.

En la Resolución General Nº 3601, publicada hoy en el Boletín Oficial, detalla que deben presentar declaración jurada de bienes todos los contribuyentes que en el último año hayan registrado ingresos brutos superiores a $96.000 y para todos aquellos cuyos bienes superen los 305.000 pesos.

También es obligatoria para todos los que alguna vez tuvieron que presentarla, más allá de a cuánto hayan ascendido sus ingresos en el 2013 o de a cuánto estén valuados hoy sus bienes.

En los fundamentos de la resolución, el fisco destaca que "‘se ha tenido en cuenta el asesoramiento producido por la Superintendencia de Seguros de la Nación y las informaciones suministradas por el Banco de la Nación Argentina, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión‘.

En cuento a las valuaciones de automotores y motos, los valores son los determinados al 31 de diciembre de 2013 por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, ratificados por la Superintendencia de Seguros de la Nación