¡Ni siquiera la Justicia cree en las cifras de inflación del IndeK!
Para dictar sentencias en casos referidos a demandas de cuotas alimentarias los jueces se ven obligados a tomar datos de las consultoras privadas. Insólito
23 de febrero de 2011
La Justicia utiliza la información de las consultoras privadas que miden la inflación para dictar fallos en sensibles casos referidos a demandas de cuotas alimentarias.
Según el juez en lo civil Lucas Aon, "para fijar cuotas alimentarias tenemos en consideración el notorio aumento del costo de vida, que no tiene nada que ver con las estadísticas oficiales, sino con la inflación real". Aclaró que solamente en el último año se fijó una pauta de incremento del 30 por ciento anual.
El magistrado en cuestiones de familia dijo a La Nacion que buena parte de sus colegas adoptaron un criterio similar, aunque en forma individual, ya que no hay un criterio común en esta materia.
Los abogados especialistas en derecho de familia Marisa Herrera y Jorge Kielmanovich ratificaron esta innovación aplicada por varios jueces.
"A pedido de las partes, pedimos información a las consultoras privadas como prueba y lo hemos considerado para nuestras decisiones, porque es un hecho notorio que el proceso inflacionario es superior al que informa el Instituto Nacional de Estadística y Censos", indicó Aon desde su despacho en Tribunales.
La razón por la que los jueces deben buscar esta salida alternativa, explicó Aon, es la prohibición que rige para aplicar la indexación en sus fallos, que continúa vigente desde el plan de convertibilidad, que estalló hace ya 10 años.
Por razones parecidas, tiempo atrás el resto del fuero civil comenzó a aplicar la tasa de interés activa -aunque con discusiones- en lugar de la pasiva.
Al menos tres de las consultoras que recibieron intimaciones de la Secretaría de Comercio Interior, que lidera Guillermo Moreno, por presunto "engaño" a sus clientes, Ecolatina, FIEL y Finsoport, suelen recibir oficios con pedidos de información por parte de la justicia en lo civil.
Así lo confirmaron a La Nacion Rodrigo Alvarez, de Ecolatina; Juan Luis Bour, de FIEL, y Jorge Todesca, de Finsoport, quienes aclararon que se trata de una "práctica habitual". Según los oficios a los que accedió La Nacion, en varios casos los actores de causas por demandas de cuotas alimentarias solicitaron a los jueces -que, a su vez, habilitaron sus pedidos- los siguientes datos:
"Si realiza compulsas de la evolución de los precios al consumidor (canasta familiar) en el mercado interno."
"Cuál ha sido su estimación, sobre la base de dichas compulsas, de la evolución de dichos precios desde el mes de julio de 2007 a la fecha del informe, mes a mes, expresada en porcentajes de incremento/disminución, respecto del mes inmediato anterior."
"Si, sobre la base de tales compulsas, ha elaborado índices de la evolución de dichos precios, en cuyo caso informará los índices correspondientes al mes de diciembre de 2007 y cada uno de los meses subsiguientes, hasta el último disponible a la fecha de su informe."
En esa sintonía, los abogados Herrera y Kielmanovich afirmaron que los jueces deben navegar entre la prohibición vigente de indexar y la necesidad de "aggiornar" las cuotas de alimentos fijadas en causas civiles. Ambos mencionaron como antecedente una decisión de la camarista Marta del Rosario Mattera, que abrió una ventana para ajustar las cuotas.
Kielmanovich sostuvo que "en algunos fallos se permiten acuerdos para ajustes, que se hacen sin indexar, pero sí tomando en cuenta la evolución de determinados rubros; pero no son la mayoría". Herrera agregó que "los padres, al momento de acordar la cuota alimentaria a favor de los hijos, asesorados por sus abogados, toman como parámetro de reajuste automático el valor de ciertos productos o servicios, como la cuota del colegio, las expensas, o determinados bienes, como la leche u otros elementos de la canasta básica".