La Cámara Civil y Comercial de Dolores obligó a un hombre a pasarle una cuota alimentaria a su hija para que pueda terminar una carrera universitaria
El fallo inusual resolvió que una estudiante universitaria de 22 años tiene derecho a recibir de su padre una cuota alimentaria mensual hasta un año después de la finalización de sus estudios de grado, aún cuando ya superó la edad límite de vigencia de la patria potestad, que impone el pago de aquella obligación paterna.
El dictamen invoca la solidaridad familiar y reprocha a HRM (los protagonistas del caso están identificados por las iniciales) no tener en cuenta que la hija, CM, cursa de 14 a 22, lo que le impide trabajar y dedicarle tiempo al estudio, según reproduce INFOBAE.COM.
Si bien la obligación cesa con la mayoría de edad a los 18 años, los magistrados apelaron a "la solidaridad familiar" y condenaron al demandado a pasar como cuota alimentaria mensual del 1 al 10 de cada mes el 10% de los ingresos jubilatorios que cobra.
La joven, que invocó "el derecho a la educación de los hijos", cursa el último año de la carrera de Diseño en Comunicación Visual en la extensión de la Facultad de Bellas Artes de la Universidad de La Plata , con sede en Santa Teresita, pero vive en la ciudad cercana de Mar de Ajó.
Los jueces, que destacaron que la joven tiene "un rendimiento académico" con un promedio de 7,85, también consideraron que "el nuevo mercado laboral nacional e internacional se torna cada vez más fuertemente competitivo, por lo que es lógico colegir que una carrera universitaria favorece a una mejor inserción laboral y remuneración ".
Del texto de la sentencia se desprende que la estudiante había exigido una cuota alimentaria "excesiva" que los magistrados redujeron "a lo indispensable para la subsistencia, no pudiéndose extender más allá de un año de lo prescrito por currícula para la duración de la carrera", es decir un año. La joven debe acreditar la condición de alumna regular.