Insólito cambio de carátula en un caso que conmovió al país
El Tribunal Penal Juvenil 3 de San Isidro modificó la calificación del crimen de Santiago Urbani de "asesinato agravado" a "homicidio en ocasión de robo"
18 de julio de 2010
La Justicia Penal Juvenil de San Isidro decidió posponer por un año el dictado de la pena contra dos adolescentes hallados culpables del asesinato del joven Santiago Urbani, hasta que cumplan 18 años y sean considerados mayores de edad.
Además, dos de los tres jueces integrantes del Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil 3 de San Isidro modificaron la calificación del hecho al considerarlo un "homicidio en ocasión de robo" y no un asesinato "agravado" por la "portación ilegal de arma de guerra", lo que conlleva una pena de 10 a 25 años de prisión según el Código Penal.
El abogado de la querella, Jorge Casanovas, explicó que los jueces redujeron la responsabilidad en el hecho de los adolescentes, que tienen 17 años y recién conocerán la condena cuando cumplan 18 y sean considerados por la ley como mayores de edad.
Casanovas, patrocinante de la familia Urbani, destacó que los adolescentes seguirán alojados en un "instituto de máxima seguridad" hasta julio de 2011, cuando ambos tengan 18 años y la Justicia dictamine qué pena les corresponde por el hecho.
Los magistrados de primera instancia Alberto Villante, Mirta Ravera Godoy y Silvia Chomiez tomaron la determinación de diferir la pena basados en la Ley Nacional de Menores.
En tal sentido, como uno de los acusados cumple los 18 años de edad en junio próximo y el otro un mes más tarde, la condena se conocerá recién dentro de un año.
En esa fecha sabrán efectivamente si seguirán detenidos o recuperan la libertad.