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8 de abril de 2025
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Entró en vigencia modificación de la ley de contrato de Trabajo
La norma especifica que los trabajadores que cobren su remuneración a través de las cuentas sueldo no tendrán límites de extracción ni costo alguno para el trabajador
5 de mayo de 2010
La ley modificatoria del régimen de Contrato de Trabajo fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y especifica que los trabajadores que cobren su remuneración a través de las cuentas sueldo no tendrán límites de extracción ni tendrán costo alguno para el trabajador.

La Ley 26.590, que modifica la norma 20.744, fue promulgada de hecho, y lleva la firma del vicepresidente y titular del Senado, Julio Cobos, el titular de la Cámara de Diputados, Eduardo Fellner, y los secretarios Enrique Hidalgo y Juan H. Estrada; y había sido sancionada el 15 de abril último.

En la nueva norma, se establece que �las remuneraciones en dinero debidas al trabajador deberán pagarse, bajo pena de nulidad, en efectivo, cheque a la orden del trabajador para ser cobrado personalmente por éste o quien él indique o mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria o en institución de ahorro oficial�, informó el diario El Cronista.

�Dicha cuenta especial -continúa el texto- tendrá el nombre de cuenta sueldo y bajo ningún concepto podrá tener límites de extracciones, ni costo alguno para el trabajador, en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada�.

Puntualiza que otras modalidades de pago deberán ser supervisadas por la autoridad de aplicación, y eventualmente �el pago que se formalizare sin dicha supervisión podrá ser declarado nulo�.

�En todos los casos el trabajador podrá exigir que su remuneración le sea abonada en efectivo�, señala el texto de la norma.