La Cámara en lo Civil y Comercial Federal dejó sin efecto la resolución de la Secretaría de Comercio, que dejaba en suspenso la fusión entre Cablevisión y Multicanal
La resolución de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC, dependiente de la secretaría de Comercio Interior), que buscaba dar marcha atrás con la aprobación de la fusión de Cablevisión con Multicanal por 60 días, quedó ayer sin efecto por una decisión judicial.
La sala 2 de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial dispuso la suspensión de la resolución 1011/09, firmada por Guillermo Moreno el último martes 15. De esta forma, y al igual que sucedió antes de ayer con la ley de Medios, la Justicia vuelve a frenar la embestida del Gobierno contra el Grupo Clarín y sus empresas, como Cablevisión.
Aunque la fusión de Cablevisión con Multicanal fue aprobada por la CNDC en diciembre de 2007 (después de 14 meses de revisión en el caso) y salió "sin condicionamientos" (es decir, sin obligaciones de desinversión), la secretaría de Comercio Interior arguyó un supuesto incumplimiento de un compromiso voluntario por parte de Cablevisión.
En realidad, la compañía sobrecumplió con cada uno de los aspectos que la empresa se había fijado: su inversión fue 3 veces más de lo que había comprometido (desembolsó US$ 632 millones y su compromiso era de US$ 180 millones). De esta forma, extendió su red, llevando banda ancha a mayor cantidad de localidades de lo previsto e incorporó nuevos servicios digitales a la televisión por cable.
La CNDC nunca objetó los informes trimestrales al respecto, ni tampoco comunicó a la empresa que hubiera algún detalle para adecuar. Aún sobre la suposición falaz de que la compañía no hubiera cumplido con las metas, la CNDC la privó de su derecho a defenderse, tal como es señalado en distintos tramos de la resolución judicial.
Cablevisión consideró que la resolución era "ilegítima, abusiva y arbitraria" y el Grupo Clarín recurrió a la Justicia para pedir que se suspenda la resolución 1011/09 de la Secretaría de Comercio hasta que se garantice el derecho de defensa o se resuelva sobre el pedido de nulidad de la misma.
Al analizar la cuestión, el tribunal probó que la CNDC no realizó cargos previos a la empresa y "tampoco le habría permitido alegar". La actora (Cablevisión), insistió, tiene derecho a conocer las conclusiones de la autoridad de aplicación y justificarse en caso de considerarlo. "Para el dictado de la resolución 1011/09 no se habría respetado el derecho de defensa del actor, extremo que torna prima facie ilegítima la decisión cuestionada en sede administrativa", dijo la resolución. Además, la Cámara advirtió que "es un principio insoslayable en materia penal que la persona imputada de un delito tiene derecho a cuestionar esa imputación y a ofrecer todas las pruebas de descargo que estime pertinentes".
El fallo también advirtió que es imperioso resolver la cuestión porque la resolución de Moreno imponía un plazo de 60 días y "transcurrido el cual sería lógico que se materialicen daños irreparables para el actor", subrayaron los jueces Ricardo Guarinoni, Eduardo Vocos Conesa y Alfredo Gusmán (votó parcialmente en disidencia). En sus párrafos, el fallo hizo hincapié en que la empresa "ha sostenido invariablemente que cumplió con el compromiso" de inversión.
Cablevisión venía solicitando en esta causa que se le "diera traslado y derecho a defensa" frente a todas las actuaciones de Moreno y la CNDC. De hecho, el martes, la misma Cámara había dictado una primera medida en esto sentido, que ratificó ayer.