Son dos artículos quehabían surgido de las negociaciones en el Congreso y apuntaban a facilitar la participación de partidos políticos pequeños. ¿Venganza?
La reforma política sancionada por el Congreso Nacional entró en vigencia hoy con su publicación en el Boletín Oficial como ley 26.571, aunque mediante un decreto el Ejecutivo observó dos artículos que anularon la postergación hasta diciembre del 2011 de la puesta en vigencia de algunos aspectos de la norma.
En los fundamentos, el Poder Ejecutivo expresó que los artículos 107 y 108 "contradicen el objetivo central de la ley al diferir hasta el 2012 la aplicación de normas directamente relacionadas con la mejora de la representación política y fundamentales para ordenar el universo de actores políticos".
De acuerdo con el texto aprobado por el Congreso, el artículo 108 de la ley establecía que recién en el 2012 comenzaría a regir el ítem que señalaba que, durante la vigencia del reconocimiento provisorio, los partidos políticos no podrían presentar candidaturas a cargos electivos ni en elecciones primarias ni en elecciones nacionales.
En tanto, el artículo 107 también fijaba al 31 de diciembre de 2011 como fecha para la puesta en vigencia del inciso tercero del artículo séptimo y del artículo octavo de la norma, referidos a los requisitos para la formación de confederaciones nacionales y para la fusión de partidos políticos.
Ambos artículos habían sido fruto de las negociaciones políticas (hubo 50 cambios al proyecto inicial) y estaban destinados a facilitar la participación en elecciones de los partidos "chicos" y las fuerzas emergentes. Se bajó del 5 al 4 por mil del padrón la cantidad de afiliados necesaria, y se ampliaron los plazos para facilitarles la búsqueda de afiliados. Este plazo es que se vetó.
"Ahora, si no cumplen los requisitos en tiempo récord, los partidos chicos quedarían afuera de las próximas elecciones", dijo a Clarín.com el diputado de la Coalición Cívica Adrián Pérez.
La reforma política fue sancionada el 2 de diciembre. Establece el sistema de elecciones internas abiertas, obligatorias y simultáneas para seleccionar a los candidatos a presidente, senador y diputado. Prohíbe el aporte financiero de empresas en las campañas y la propaganda privada en los medios audiovisuales, y fija restricciones para la difusión de encuestas de intención de voto, entre otras cosas.
Dice también que para participar en los comicios generales los candidatos deberán superar el 1,5 por ciento de los votos emitidos en las elecciones primarias, que se celebrarán el segundo domingo de agosto de los años electorales. El 14 de agosto de 2011 se harán por primera vez.
Entre otros cambios importantes, la ley establece que para conservar su personería los partidos políticos deberán mantener en forma permanente el número mínimo de afiliados: un 4 por mil del total del padrón. En caso contrario, pierden su personería jurídica.