A partir de septiembre, en 16 provincias los que no pasen el control seguirán conduciendo con un comprobante hasta presentarse ante un juez de faltas
La disposición será tratada y aprobada este miércoles en una reunión del Consejo Federal de Educación, ya que ya está contemplada en la ley de seguridad vial que ya fue acordada en las 16 provincias.
Dos semanas atrás, se había arribado a un acuerdo para unificar el criterio de aplicación en un encuentro que se celebró en Córdoba, donde se decidió que la medida se lleve a cabo en forma inmediata, según la información publicada por el diario Clarín.
La norma indica que los conductores que superen el límite de alcohol de 0, 5 gramos por litro para los automovilistas, 0,2 para motociclistas y 0 para los conductores profesionales, perderán su licencia por un mes.
Los infractores podrán seguir conduciendo con una Boleta de Citación del Inculpado y en 30 días deberá presentarse ante un juez de faltas, que además de aplicarle una multa, le asentará un antecedentes que agravaría la infracción en caso de reincidencia. Si el infractor no se presenta ante el juez de faltas correspondiente, la legislación indica que se debe destruir su licencia de conducir y caducará la habilitación para hacerlo, hasta que no obtenga una nueva.
El director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Felipe Rodríguez Laguens, dijo que desde que el organismo se puso en marcha, el año pasado, la ingesta de alcohol “a la hora de conducir es uno de los principales problemas” detectados.
“El ministro (del Interior) Florencio Randazzo nos instruyó para articular todas las medidas que sean necesarias para prevenir, controlar y sancionar a los conductores. La que tomaremos el miércoles es una medida puntual y de rápida aplicación que busca ir unificando los criterios de control y sanción en todo el país", señaló el funcionario.