Noticias actualizadas las 24 horas Información clave para decidir
21 de noviembre de 2024
Seguinos en
La Justicia dejó firme un fallo que despenaliza la marihuana
La Cámara Federal confirmó que no es ilegal cultivar marihuana en macetas para consumo personal. Un fallo que abre la polémica y despierta más dudas que certezas
30 de marzo de 2009
La Cámara Federal confirmó el fallo que despenalizó el cultivo de marihuana en macetas para consumo personal al ratificar que es inconstitucional un artículo de la Ley de Drogas que reprime con cárcel a quien siembre plantas para producir estupefacientes, de acuerdo con una resolución a la que accedió Infobae.com.

En el caso quedaron sobreseídas dos personas que habían sido imputadas por ese delito, aunque en definitiva la última palabra la tendrá la Corte Suprema de Justicia.

De acuerdo a las constancias de la causa, se trata de dos personas que tenían en su casa cuatro macetas en la que cultivan plantas de marihuana en cada uno de ellas con un peso total de 75,12 gramos.

Además, se hallaron una bolsa de tierra fértil, una lámpara de calor alógena y un rociador con un líquido transparente.

Para los camaristas "la cantidad y las circunstancias que rodearon el hecho permiten afirmar que el cultivo o siembra de la marihuana encontrada era para consumo personal", según dice el fallo.

Por eso dictaron el sobreseimiento de los dos imputados y declararon la inconstitucionalidad del artículo 5 de la Ley de Drogas que establece de cuatro a cinco años de prisión para quien "siembre o cultive plantas o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes, o materias primas, o elementos destinados a su producción o fabricación".

Por su parte, la fiscal Anzorreguy de Silva entendió que el fallo de la Cámara era de "nulidad manifiesta" y que estaba despojado de "fundamentos que permitan sostener la decisión adoptada" ya que se dictó "la inconstitucionalidad de una norma bajo la sencilla modalidad de remitirse a otros pronunciamientos, sin indicar cómo la conducta investigada entra en la esfera de intimidad careciendo de trascendencia al público".

Pero los magistrados declararon "inadmisible" el recurso al sostener que la Corte Suprema de Justicia de la Nación permite hacer referencia a fallos anteriores para sostener los mismos argumentos en el caso que se está tratando.

"En consecuencia, y toda vez que las críticas dirigidas bajo el nombre de nulidad o arbitrariedad no superan el control de admisibilidad, pues los fundamentos de la decisión, aunque no expresos, han sido brindados", dice uno de los párrafos del fallo.