Son los que beneficiaban a Martínez de Hoz y Harguindeguy. El juez Norberto Oyarbide los revocó en una causa por el secuestro de dos empresarios
La Justicia declaró hoy inconstitucional el indulto que benefició al ex ministro de Economía de la última dictadura militar, José Alfredo Martínez de Hoz y al ex ministro del Interior de ese régimen, Albano Harguindeguy y revocó sus sobreseimientos en una causa por el secuestro de dos empresarios.
Con esta decisión, el juez federal Norberto Oyarbide volvió a considerar imputado a Martínez de Hoz en la única causa en la que el ex funcionario de la dictadura está acusado de delitos de lesa humanidad por el secuestro ilegal de los empresarios Federico y Miguel Gutheim.
En los próximos días, Oyarbide resolverá si anula o deja en pie el indulto que durante la presidencia de Carlos Menem benefició en la misma investigación al ex dictador Jorge Rafael Videla, informaron a Télam fuentes judiciales.
El juez anuló por inconstitucionales los decretos de indulto 2745/90 y 1002/89 firmados en el menemismo a favor de Martínez de Hoz y Harguindeguy y consideró nulos todos los pasos procesales tomados con posterioridad al dictado de esas normas.
Ante esta medida, ambos seguirán libres pero bajo riesgo de ser sometidos a juicio por esta causa en cuanto quede firme la decisión de Oyarbide, que se descuenta será apelada por sus defensas ante la Cámara Federal, en planteos que alcanzarían a la Corte Suprema de Justicia.
Oyarbide fundamentó su resolución en gran parte de los argumentos ya esbozados por sus superiores de la Cámara Federal al ratificar la anulación de indultos a ex jerarcas de la dictadura como Guillermo Suarez Mason y Antonio Vañek en las megacausas ESMA y Primer Cuerpo.
El magistrado entendió que la privación ilegal de la libertad de la que fueron objeto los empresarios, liberados a los cinco meses de su secuestro, se enmarca en delitos de lesa humanidad imprescriptibles y por ende, "no indultables".
"El Poder Ejecutivo se arrogó en la dictadura la postestad sobre la fortuna y vida de los ciudadanos, que según el artículo 29 de la Constitución no pueden quedar a merced de un solo poder del Estado", explicaron fuentes del juzgado a Télam.
Antes del indulto del menemismo, Martínez de Hoz llegó a estar preso 77 días y fue indagado en base al entonces vigente Código Penal que ya lo consideraba procesado, por lo que actualmente está imputado en la causa.
En el caso de Harguindeguy la situación judicial estaba más avanzada ya que se había clausurado el sumario en su contra, tenía un procesamiento con prisión preventiva confirmada por la Cámara Federal y estaba en condiciones de pasar a juicio.
El indulto interrumpió todo el proceso penal cuando estaba a punto de emitirse la acusación fiscal y sólo quedó sobreseerlo, al igual que a Martínez de Hoz y Videla.
Respecto de este último, el juez todavía debe estudiar el caso porque de los tres acusados el ex dictador era quien estaba por recibir sentencia en un proceso donde restaban formularse alegatos por escrito, de acuerdo al anterior Código que no contemplaba el juicio oral.
El 5 de noviembre de 1976 la dictadura firmó el decreto 2840 donde puso a disposición del Poder Ejecutivo a los empresarios Federico y Miguel Gutheim debido a la "primordial responsabilidad del gobierno en consolidar la paz interior", según el texto de la norma.
En abril de 1977 se derogó el decreto y los empresarios recuperaron su libertad, en un hecho considerado luego como un secuestro debido a que buscó presionarlos para que su empresa algodonera realizara un contrato de exportación con Hong Kong.
Esta transacción estaba trabada por los empresarios pero era considerada fundamental por el Ministerio de Economía que conducía Martínez de Hoz.