La norma establece penas de hasta 4 años por la publicación de pornografía en Internet, y hasta 6 meses de cárcel al que abra una comunicación electrónica ajena
La medida era esperada, pero planteaba cierta confusión sobre qué es delito en la enorme galaxia de Internet. Pero el debate se logró y el proyecto que establece penas para los delitos informáticos como la publicación de pornografía infantil a través de Internet y la violación de correos electrónicos, ya es ley.
La ley busca modificar el Código Penal, al incluir a las comunicaciones por Internet como medio factible para cometer delitos contra la integridad sexual y contra la privacidad de las personas.
La iniciativa surgió hace dos años cuando un grupo de periodistas denunció que sus casillas de correo habían sido violadas y, luego de varias rondas de consultas, se elaboró un proyecto para castigar ese tipo de delitos, aún no contemplados por el Código Penal.
El proyecto establece penas de prisión de 15 días a 6 meses el que abriere o accediere indebidamente a una comunicación electrónica, una carta o un pliego cerrado.
Por otro lado, la norma establece penas de 6 meses a 4 años de prisión a quien publique imágenes pornográficas de menores de dieciocho años y condena de un mes a 3 años de cárcel a quien suministre esos materiales a menores de 14 años.